lunes, 28 de mayo de 2012

LA REFUNDACION DEL CICPC


La Refundación del CICPC

En razón de responder al clamor nacional que frecuentemente ronda en el pensamiento de todos los venezolanos sobre las instancias formales de control social formal se ha iniciado un proceso de transformación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, las expectativas son gratificantes ya que en la primera fase de ese proceso se ha avanzado significativamente, entre las estimaciones se prevé que su  culminación se haga efectiva alrededor de un año, el proceso se distribuirá en 5 etapas contando con la participación de expertos profesionales en el área policial con el fin de elaborar propuestas serias y adaptadas al medio social y real del contexto nacional.   

la primera etapa de este proceso ya culminó, y consistió en el análisis y diagnóstico de la situación actual del cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas. “esta evaluación ya se encuentra en manos del ministro El Aissami”. La principal conclusión de esta evaluación está directamente relacionada con la labor que vienen realizando los funcionarios de la principal policía de investigación criminal del país. Los expertos instan a sus directivos a que los oficiales retomen el rol de investigación y abandonen las calles, ya que esa función es competencia de las policías uniformadas. 

Según declaraciones del ministro Tarek El Aissami; “Es necesario que el cicpc retome su rol de policía técnica, científica, que no desarrolle actividades distintas a esas como policía preventiva, uniformada, de andar en planes de seguridad. la policía científica debe acompañar desde el punto de vista de la investigación y la persecución penal, no en la prevención, porque ésta es tarea de las policías uniformadas”.

la segunda etapa torna entre los temas importantes sobre la revisión de la eficacia de las subdelegaciones, y se manejan hipótesis sobre la necesidad de crear nuevos cargos o la eliminación de algunos ya existentes, esto es para dar  celeridad a los procesos administrativos o policiales y buscar la sinergia necesaria para avanzar significativamente en la respuesta oportuna que se requiera.

La tercera etapa tiene que ver con la el proceso legal de transformación del CICPC, ya que se tiene prevista una modificación de la estructura legal. En el año 2001 fue aprobada por el presidente de la república la ley de los órganos de investigaciones científicas, penales y criminalísticas, que consta de 102 artículos; sin embargo, “esta legislación no está acorte a la nueva ley orgánica del servicio de policía y a los tiempos modernos, uno de los puntos a incluir es la contraloría social”, se buscaría la participación ciudadana trabajando de la mano con el  cuerpo policial. 

En este sentido, las autoridades del ministerio de interior y justicia evalúan actualmente si esta revisión se lleva a cabo a través de la asamblea nacional o se introduce de manera directa por medio del ejecutivo, vía habilitante. Tal decisión se tomará a corto plazo, ya que es uno de los puntos claves para llevar a cabo la transformación anunciada.

La cuarta etapa de este cambio tiene que ver con el estudio de los procedimientos de investigación, en tal sentido se buscarían responder algunas interrogantes como: ¿quiénes investigan?, ¿cómo investigan?, ¿con qué herramientas llevan a cabo la investigación?, ¿Qué hace falta para mejorar la investigación? Estas interrogantes y muchas más serán analizadas por la comisión encargada y seguirá acrecentando el proyecto para la mejora del cuerpo policial.

La quinta etapa seria la fase de culminación y promoción de la refundación del cuerpo, se tiene previsto aumentar el número de funcionarios del cuerpo y la amplificación de la estructura física en el territorio nacional, para “cubrir las áreas operativas y administrativas. Está previsto que los agentes, con poca experiencia en la institución reciban nuevas inducciones, en vista de que obligatoriamente los funcionarios de la policía científica deberán realizar estudios constantes, en procura de reprofesionalizar al órgano de investigación, para ello se dictará una asistencia técnica en el área de formación

viernes, 25 de mayo de 2012

DETENIDOS 2 CIUDADANOS POR HOMICIDIO


 

EL 14 DE MAYO DEL 2012 EN HORAS DE LA MAÑANA FUERON DETENIDOS DOS CIUDADANOS EN LA POBLACIÓN DE  EJIDO, ESPECÍFICAMENTE EN EL SECTOR EL MORAL DEL MUNICIPIO CAMPO ELÍAS, ESTE PROCEDIMIENTO FUE EFECTUADO POR FUNCIONARIOS ADSCRITOS A LA BRIGADA DE HOMICIDIOS LOS CUALES GRACIAS A LAS ARDUAS LABORES DE INTELIGENCIA Y TRABAJO DE CAMPO LOGRARON AVISTAR A DOS CIUDADANOS QUE TENÍAN UNA ACTITUD SOSPECHOSA, SEGUIDAMENTE SE IDENTIFICARON COMO FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, SOLICITARON SU DOCUMENTACIÓN Y SE REALIZO LA INSPECCIÓN OCULAR NECESARIA. LOS  CIUDADANOS QUEDARON IDENTIFICADOS COMO; MISAEL RENTERIA DE 29 AÑOS DE EDAD Y RONALD PEDRAZA DE 24 AÑOS DE EDAD, AMBOS NATURALES DEL ESTADO MÉRIDA.

LOS CIUDADANOS FUERON VERIFICADOS POR SIIPOL (SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN POLICIAL) Y RESULTARON SOLICITADOS POR LA CAUSA PENAL DEL DELITO DE HOMICIDIO POR LA SUB DELEGACIÓN EL VIGÍA, POR LO CUAL SE LES  NOTIFICA QUE SERÁN DETENIDOS POR LOS FUNCIONARIOS DE ESTE CUERPO POLICIAL, SE HACEN LAS DILIGENCIAS PERTINENTES Y SE SOLICITA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD.

SEGÚN LAS PRIMERAS INVESTIGACIONES SE PUDO DETERMINAR QUE AMBOS ESTUVIERON PRIVADOS DE LIBERTAD EN EL AÑO 2010 POR EL DELITO DE PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, POR SUS ANTECEDENTES SON REINCIDENTES EN LA COMISIÓN DE DELITOS, SE ESTÁN HACIENDO LAS DILIGENCIAS PERTINENTES PARA DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS DETENIDOS EN OTROS HECHOS ACAECIDOS EN LA ZONA ANDINA Y ZULIANA. ESPECÍFICAMENTE SE PRESUME QUE ESTOS DETENIDOS ESTÁN INMERSOS EN LAS CAUSAS DE: HOMICIDIO (MÉRIDA), LESIONES GRAVES (VIGÍA), HURTO DE ARMA DE FUEGO (SAN CARLOS-ZULIA), ROBO (MÉRIDA).

LA BRIGADA DE HOMICIDIOS REALIZA UN TRABAJO DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL PARA LOGRAR EL ESCLARECIMIENTO DE LOS CASOS, SE APOYA EN LOS EXPERTOS CIENTÍFICOS DEL CUERPO PARA DETERMINAR LA RELACIÓN QUE GUARDAN DICHOS CIUDADANOS EN LA COMISIÓN DE LOS HECHOS PUNIBLES.